Los Mil Usos de la Navaja del Caballista.

Los Mil Usos de la Navaja del Caballista.

La Navaja del Caballista es un instrumento imprescindible para todo caballista, ya en su día escribí un artículo sobre el Buen Uso de la Navaja del Caballista (El Buen uso de la Navaja del Caballista.) .

Ayer cuando quería ponerle el heno en la red de Portoverde a mi yegua Hacedora, no aparecía el cuchillo que siempre está por la zona para cortar los hilillos de las pacas de heno o de paja, pero como yo siempre llevo mi navaja al cinturón, sin problemas el cortar los hilillos, todo con la rapidez de coger la navaja del cinturón donde la llevo colgada.

También hace unos días, no aparecía la llave del guadarnes, para coger la caja de las cosas de limpieza, así que para limpiar los cascos de la suciedad del box, la navaja es la solución para limpiarle los cascos antes de salir al campo.

Siempre es muy importante la seguridad en el campo, y una de las maneras de asegurarnos esa seguridad es llevar esa navaja en el cinturón para solucionar los problemas. En el artículo del buen uso de la navaja del caballista, explico un grave accidente de un jinete con su caballo, y que los alicates de su juego de navaja, los salvo de tan grave accidente.

Pero también quiero comentaros que llevé un tiempo ese conjunto de navaja, alicates y demás herramientas en el cinturón, pero al galopar, y como pesa mucho, un día se soltó de su cogida y al suelo. Así que volví a mi navaja simple y normal, ya que  por mis zonas de entrenamiento no hay alambradas. Otro caso seria si hacemos una ruta larga fuera de nuestros sitios normales de entreno, que en estos caso si seria necesario llevar la multiusos por si ocurriese un accidente que necesitáramos más elementos que una sola navaja.

Os pongo las normativas y legislación que están en vigor para el uso de navajas:

Esta es la  legislación vigente, ya que le han dicho que toda navaja está prohibida, y esto es lo que dice la ley: (También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.) Artículo 5. del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Es decir, que toda navaja que no tenga más de 11 cm de hoja, ESTÁ PERMITIDA.  Tampoco necesitamos más hoja de navaja, para el uso que le vamos a dar, y así estar dentro de las normativas legales.

Que no tengáis que usar esta navaja, pero el llevarla os puede dar seguridad cuando montáis o bregáis con caballos.

Saludos de Gabriel.

Gabriel Gamiz

Jinete de Raid Juez de Raid

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