¿El Herrador se Puede Desplazar para Herrar Caballos?
¿El Herrador se Puede Desplazar para Herrar Caballos?
En la Revista Ecuestre, su Asesor Jurídico, Fernando Acedo, explica las normativas de los desplazamiento de los herradores para herrar caballos en este tiempo de Alarma dictada por el gobierno por el Coronavirus.
Esta es la opinión del especialista:
«Estado de alarma: ¿El herrador se puede desplazar para herrar caballos?
– 21/03/2020
Estado de alarma: ¿El herrador se puede desplazar para herrar caballos?
¿Se considera justificado el desplazamiento de los herradores en estos días de alarma para herrar los caballos o solo debemos ir en caso de urgencia?
RESPUESTA DEL EXPERTO:
Fernando Acedo – Abogado Hípico
Entre las medidas como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma que recoge el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y su posterior modificación por el Real Decreto 465/2020 de 17 de marzo, están las limitaciones de la capacidad de libre deambulación de la población con las excepciones recogidas en el artículo 7 en cuyo apartado 1º letra c) permite el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial.
En base a ello, los herradores que normalmente tienen la condición de profesionales o empresarios autónomos, estarán facultados para desplazarse hasta los centros hípicos para realizar su trabajo. No obstante deberán cumplir con todas las medidas de seguridad establecidas para evitar la propagación del coronavirus, por lo que al igual que están haciendo el resto de profesionales, durante el periodo de confinamiento de la población sólo es recomendable atender a los casos urgentes.
Para los desplazamientos resultaría igualmente conveniente que los herradores aportaran una acreditación de su condición de profesional como por ejemplo, una copia de su alta en el IAE, así como un mail impreso con el aviso de servicio por parte del cliente de cara a que pueda en su caso, justificar ante las fuerzas de seguridad desplegadas en las carreteras que se dispone a realizar su trabajo.»
Fuente: Ecuestre: consulta tus dudas del mundo del caballo –
Saludos de Gabriel.
Acostumbro cada dia buscar posts para pasar un buen momento leyendo y de esta forma me he tropezado vuetro post. La verdad me ha gustado la web y pienso volver para seguir pasando buenos ratos.
Saludos
Buenas tardes yo soy herrador pero no soy autónomo yo si paga mi seguridad social yo puedo salir a trabajar como herrador un cordial saludo gracias
Buenos días Jorge.
Dice el abogado especialista en Hípica, que los profesionales y autónomos, pueden desplazarse para cuidar a los caballos. Siempre siguiendo todas las normativas de seguridad.
Si eres profesional, según el especialista puedes acudir a herrar. Esperemos que todo se solucione pronto y no tengamos que limitarnos en nuestros desplazamientos y trabajos habituales.
Saludos de Gabriel.