Tarjeta Única (Tarjeta de Movimiento Equino) para el Transporte de Caballos.

Tarjeta Única (Tarjeta de Movimiento Equino) para el Transporte de Caballos.

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En el Consejo de Ministros del viernes 4 de Julio de 2014  aparece una noticia sobre la creación de una Tarjeta Única para el transporte de caballos,  será telemática y única para todo el País y con una vigencia de 30 días.

Esperemos que poco a poco, las trabas para el transporte de nuestros caballos a las competiciones, se solucionen  y se agilicen, así como que se simplifiquen, para que cuando acudamos a una competición, no tengamos que ir «preocupados», por no decir otra palabra, durante el traslado.

Esperamos que pronto vea la luz esta modificación para el transporte de nuestros caballos.

Esta es la noticia:

» Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

REGULADA LA TARJETA DE MOVIMIENTO EQUINA

  • Supondrá una considerable reducción de los trámites en determinados desplazamientos de los équidos y tendrá un carácter voluntario.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la Tarjeta de Movimiento Equina.
 
Este nuevo documento permitirá simplificar los requisitos administrativos para los desplazamientos de los équidos, muy diferentes a los movimientos del resto del ganado que tiene un carácter meramente productivo. Así la tarjeta sustituirá a los documentos sanitarios oficiales de movimiento, cuando se realicen:
  • Con fines turísticos, recreativos, culturales, aprovechamiento de pastos.
  • Para concursos deportivos o morfológicos.
La tarjeta será válida siempre que los équidos retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días
naturales y no supongan un cambio de titular del animal.
Carácter voluntario
 
La tarjeta tendrá un de carácter voluntario y será emitida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de movimiento animal o por el órgano en el que ésta delegue.
Para quienes no opten por obtener la tarjeta, sus obligaciones seguirán siendo las mismas que en la actualidad en lo relativo a los documentos sanitarios oficiales.
 
Cuando se produzca un cambio en la titularidad de un équido, éste debe reflejarse en la tarjeta de movimiento equina para los caballos de crianza y renta. Ello los eximirá de hacer este cambio en el Documento de identificación Equina.
 
La tarjeta tiene un diseño tanto externo como interno, que cumple con todas las normas y estándares internacionales.
En su anverso y reverso estarán grabados los datos básicos del animal y dispondrá de un chip que almacenará la totalidad de la información que se recoge en la base de datos central del Registro de Animales Identificados Individualmente.

La emisión de la tarjeta de movimiento equina se realizará en colaboración con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.»

Fuente: Consejo de Ministros del 4 de Julio de 2014.
Saludos de Gabriel.

Gabriel Gamiz

Jinete de Raid Juez de Raid

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