Modificaciones FEI para el Raid Internacional.

Modificaciones FEI para el Raid Internacional.

En la página Oficial de la Real Federación Hípica Española, nos informan de las modificaciones en el Reglamento FEI para las pruebas Internacionales.
Dicha normativa ha entrado en vigor el pasado 1 de Agosto de 2014, y hay variaciones, tanto para el Jinete (Atleta), como para el preparador, nuevo elemento que se incluye en la nomina de los que también tendrán que pagar ante una competición FEI.
Esta es la nota explicativa, trascrita tal cual, con la traducción ya realizada.

«Nota explicativa sobre las modificaciones FEI para el Raid Internacional

Cambios de normativa FEI para la disciplina de raid desde el 1 de agosto 2014

La propuesta de cambios al reglamento internacional de raid es
efectiva desde el pasado 1 de agosto. He aquí un extracto traducido de
los puntos más notables. La normativa completa en inglés con todos los
cambios se puede encontrar en:
https://fei.org/sites/default/files/Endurance%20Rules-2014-mark-up%20Eff.%201August.2014.pdf

Códice para Atletas y Entrenadores

Para Atletas y Entrenadores Registrados compitiendo en eventos de Raid FEI

  1. Este códice reconoce dos roles diferentes asociados a la preparación
    y participación de caballos en competiciones de Raid FEI: El Atleta y
    el Entrenador.
  2. Para el propósito de éste Códice, el “Atleta” se define cómo el jinete del caballo en una Competición.
  3. Para el propósito de éste Códice, el “Entrenador” se define cómo la
    persona encargada de la preparación física y mental del caballo de
    Competición.
  4. Antes de un Evento, el Entrenador es responsable de la prepración
    del Caballo para la Competición que incluye el programa de ejercicio,
    nutrición del caballo, buscar un cuidado veterinario apropiado y la
    administración de sustancias terapéuticas de acuerdo a los consejos de
    un veterinario.
  5. En muchos casos, el Atleta será tanto el jinete cómo el entrenador del caballo.
  6. Para tener éxito, tanto el Atleta cómo el Entrenador deben tener
    conocimiento del ritmo y el uso eficiente y seguro del caballo a través
    del campo y deben ser conscientes  constantemente de la seguridad humana
    y equina.
  7. El Atleta y el Entrenador no deben inscribir un caballo a una
    competición o competir con un caballo que está enfermo, tiene heridas o
    está recibiendo medicación que podría afectar negativamente o que mejore
    positivamente la habilidad de un caballo para competir.
  8. La FEI requiere que todos aquellos involucrados en el deporte equino
    a nivel internacional a adherirse al código de conducta de la FEI para
    el bienestar del caballo y reconocer y aceptar en todo momento que el
    bienestar del caballo debe estar por encima de todo lo demás. El
    bienestar del caballo no debe jamás estar subordinado a la competición o
    a influencias comerciales.
  9. El Atleta y el Entrenador deben conocer el Reglamento de Raid FEI,
    el Reglamento Veterinario FEI y los Reglamentos FEI de Anti-Dopaje
    Equino, Anti-Dopaje Humano y Control de Medicaciones además de ser
    conocedores del Reglamento General FEI. Deben conocer cualquier cambio
    anual, revisando regularmente el Reglamento de Raid, Veterinario y
    apoyar el Clean Sport (deporte limpio).
  10. El Atleta y el Entrenador deben acatar estas reglas en la preparación para y durante la Competición.
  11. La FEI tiene el derecho de tomar acciones disciplinarias contra el
    Atleta o Entrenador que no sigue este Códice y las Reglas y Reglamentos
    FEI, en detrimento del bienestar del caballo y la integridad del
    deporte.When Endurance Horses are registered with the FEI, the name of
    the Trainer for that Horse must also be registered and a registration
    fee paid. Where the FEI Registered Trainer is also a registered Athlete
    then no additional registration fee is charged. Any change of Trainer
    for an FEI registered Horse must be notified to the FEI and the Trainer
    Registration updated accordingly.
  12. Cuando Caballos de Raid se registran en la FEI, el nombre del
    Entrenador para el caballo debe ser también registrado y un cargo de
    registro pagado. Cuando el Entrenador es también un Atleta registrado,
    no habrá cargo adicional. Cualquier cambio de Entrenador debe ser
    notificado a la FEI y el registro de Entrenador actualizado debidamente
    .

801.4.2

Bajo el control absoluto del Diseñador de Recorrido o Delegado
Técnico, las fases de un recorrido no deben estar especialmente
diseñadas y construidas para velocidades que puedan llegar a exponer a
los Caballos a un mayor riesgo de lesión durante la Competición.


801.8.3 Todos los caballos deben poder ser visibles ser en todo
momento por los Oficiales FEI. Ninguna pantalla, equipamiento o barrera
de cualquier tipo puede ser usada para prevenir dicha observación bajo
pena de descalificación y una Tarjeta Amarilla.

813.5 Todos los caballos eliminados o retirados de la
competición activa, ya sea voluntariamente o de otro modo en cualquier
momento del Evento, deben ser presentados a la Comisión Veterinaria o al
Panel de Tratamiento en menos de 30 minutos desde su eliminación a
menos que un veterinario FEI dé permiso expreso para llevar el caballo
desde el área de competición a un centro autorizado de tratamiento. El
incumplimiento de esta norma resultará en una Tarjeta Amarilla al Atleta
o Entrenador Registrado y la imposición de un periodo de descanso
obligatorio para el caballo de sesenta días.

815.3.3
Si un caballo es eliminado por cojera en cualquier evento FEI o
Nacional debe ser, además del periodo definido en el punto 815.3.1, un
descanso obligatorio de 14 días antes de que pueda volver a competir en
Competición FEI o Nacional
.

815.3.4Si un caballo es eliminado por cojera en 2
eventos CEI o Nacionales consecutivos debe ser,  f a Horse has Failed to
Qualify for lameness reasons at any 2 consecutive CEI or National
Events it must be given, además del periodo definido en el punto
815.3.1, un descanso obligatorio de 21 días antes de que pueda volver a
participar en un evento CEI o Nacional.
815.3.5
Si un caballo es eliminado por cojera en 3 eventos CEI o Nacionales
consecutivos debe ser,  f a Horse has Failed to Qualify for lameness
reasons at any 2 consecutive CEI or National Events it must be given,
además del periodo definido en el punto 815.3.1, un descanso obligatorio
de 90 días antes de que pueda volver a participar en un evento CEI o
Nacional.
815.3.6Puntos de Penalización a Atleta serán otorgados a
cada Atleta si su caballo es eliminado en una competición FEI por
razones metabólicas y/o lesiones catastróficas. Los puntos de
penalización se acumulan desde la primera penalización en un periodo de
12 meses en adelante. En en aniversario de cada penalización, dicha
penalización se elimina del total.
100 puntos de penalización resultará en una suspensión automática de 2
meses. Después de dicha suspensión la puntuación es reducida a cero.
  • ·  Cada eliminación por razones metabólicas resulta en 10 puntos.
  • ·  Si el caballo es eliminado por razones metabólicas que requieren
    tratamiento invasivo inmediato el Atleta recibirá 25 puntos de
    penalización.
  • ·  Si un caballo sufre una lesión catastrófica durante una Competición FEI el Atleta recibirá 50 puntos de penalización.
815.3.7
Si un caballo sufre una lesión catastrófica en los 12 meses
posteriores a una lesión catastrófica de otro caballo bajo el mismo
Atleta, el Atleta recibirá una suspensión automática de seis meses.
 
Una lesión catastrófica se define cómo una lesión que, bajo la
opinión de la Comisión Veterinaria, requiere la eutanasia inmediata o
contribuye a la muerte de un caballo en competición de cualquier manera
que haya ocurrido.

816.1.3 Los Atletas debe completar la calificación novel en un máximo de 24
meses y no menos de 6 meses antes de poder participar en competiciones
FEI.

816.2.3 El sistema de calificación por estrellas FEI de hasta 3*
tendrá una duración máxima de 5 años y puede ser revalidada completando
satisfactoriamente una competición FEI aplicable al nivel actual del
Atleta o equivalente Nacional de distancia.

821.2.2
Protocolo para uso de sistema de monitorización electrónico del pulso aprobados por la FEI:
  1. El pulso es el primer parámetro a ser examinado y registrado durante
    una inspección. Es un criterio esencial para evaluar de forma precisa
    la recuperación de un caballo y su estado físico para continuar.
  2. Todos los esfuerzos deben realizarse para registrar correctamente el
    pulso. Si la toma de pulso es interrumpida por el movimiento o
    excitamiento de un caballo haciendo la examinación imposible o
    imprecisa, la examniación debe ser interrumpida y reiniciada cuando el
    caballo esté tranquilo.
  3. El pulso máximo para pasar la inspección será 64 o la prescrita en el avance de programa.
  4. Cuando un caballo es presentado para inspección, el aparato
    electrónico se aplica sobre el pecho izquierda del caballo
    aproximadamente a la altura del codo.
  1. El examinador debe localizar la mejor posición para registrar el pulso.
  2. El proceso se inicia y reconocimiento comienza. El sistema debe
    proveer una valoración del pulso a los 15 segundos, a los 30 segundos, a
    los 45 segundos y a los 60 segundos. Si una valoración es de 64 o menos
    pulsaciones, el proceso puede ser parado y la lectura registrada.»

Fuente: RFHE.
Saludos de Gabriel.

Gabriel Gamiz

Jinete de Raid Juez de Raid

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